martes, 8 de febrero de 2022

Artículo 15: el derecho a la nacionalidad

 En las afueras de la capital vietnamita, en la ciudad de Ho Chi Minh, un hombre mayor reveló su más ferviente deseo: “sólo tengo una esperanza – que cuando muera pueda tener un certificado de defunción, para probar que alguna vez existí.” Al ser un apátrida, no había existido legalmente durante los 35 años que había vivido en Vietnam – incapaz de tener una propiedad, mandar a sus hijos a la escuela o incluso comprar una motocicleta.

Este anciano, un antiguo refugiado camboyano, había caído en un limbo legal, sin capacidad para renunciar a su ciudadanía camboyana como le era requerido para poder adquirir la ciudadanía vietnamita porque Camboya ya le había retirado su ciudadanía. Afortunadamente, en 2010 Vietnam cortó ese nudo gordiano y otorgó la ciudadanía a unas 6,000 personas en esta situación. 

La mayor parte de las personas en este planeta dan por sentado el derecho a la nacionalidad garantizado en el artículo 15 de la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH). La mayoría de nosotros podemos adquirir un documento de identificación, un pasaporte o cualquier otro documento, sin ningún problema. Pero en el mundo, alrededor de 3.9 millones de personas carecen oficialmente de nacionalidad, y la Agencia de la ONU para los refugiados estima que la cifra real podría ser tres veces mayor. 


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