martes, 1 de febrero de 2022

Artículo 13: Derecho a la libertad de movimiento


 Tras el colapso del régimen de Siad Barrre en Somalia en 1991, el conflicto y la sequía forzaron a más del 15% de la población a abandonar sus hogares. La mayoría intentó construir nuevas vidas en otras partes del país, generalmente en asentamientos precarios, improvisados e inseguros. Allí, estas personas construyeron sencillas chozas con cajas de detergentes y harapos, y sufrieron constantes extorsiones y violencia sexual.

Irónicamente, en la relativa paz de la capital, Mogadishu, cientos de miles de estas personas internamente desplazadas (PIDs) se enfrentaban a un nuevo peligro: desalojos causados por el deseo de los promotores inmobiliarios de reconstruir la ciudad costera devastada por la guerra.

El artículo 13 de la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH) garantiza la libertad de movimiento. Todas las personas deberían tener la oportunidad de viajar dentro de su propio país y escoger dónde vivir.


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