jueves, 30 de diciembre de 2021

Artículo 2: Ser libre de discriminación

 El artículo 2 de la Declaración Universal de Derechos Humanos: establece que toda persona tiene derecho a todas las libertades enumeradas en la DUDH, “sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.” Las últimas palabras de esta oración, “otra condición”, se han citado con frecuencia para ampliar la lista de personas protegidas de manera específica.


Este lenguaje se refleja en los instrumentos regionales como la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la Convención Europea para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales. La ONU ha desarrollado derechos en una serie de tratados que se basan en el Artículo 2, que incluyen recientemente la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, adoptada en 2006. También es clave en los actuales esfuerzos para proteger a todos los grupos que enfrentan persecución, incluso quienes no están específicamente cubiertos por una convención internacional particular.


En la conservadora sociedad india, el ingeniero informático Akhilesh Godi sentía como si apenas existiese. Deprimido y luchando con preguntas sobre su sexualidad, temía buscar ayuda pues pensaba que incluso un terapeuta lo etiquetaría como criminal según las leyes de la India contra la homosexualidad. Otros homosexuales y personas transgénero en la India expresaron que han enfrentado una seria discriminación o chantaje debido a una prohibición de sexo gay que data desde hace 157 años.



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